"No podía imaginar que el futuro al que me dirigía podía compararse de ninguna manera con el pasado que dejaba atrás."
Nelson Mandela
LUCHAMOS CONTRE LOS FENOMENOS MIGRATORIOS
El proyecto en la lucha contra los fenómenos migratorios persigue el objetivo estratégico de una mejor contribución de las agrupaciones de menores en relación con todos los actores implicados o que participen en la gestión de la problemática de la migración. Así, el proyecto trabajará durante dos años en torno a estos dos niveles de incidencia.
Durante los dos años de intervención, el proyecto cuenta con invertir en acciones que permitan mejorar los mecanismos de coordinación e intercambio a nivel local a través de cursos, acciones de comunicación y sensibilización sobre la problemática, actividades de intercambio y de capitalización sobre las buenas prácticas y, por último, apoyo y refuerzo de las actividades de los menores víctimas de la migración.
En el primer año de ejecución, que abarca el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2021 hasta el 31 de junio de 2022, la Asociación Selene Soledad trabajará principalmente en torno a una información de la opinión pública y la formación de las antenas regionales miembros sobre el proyecto, la creación de instancias de coordinación y mecanismos de seguimiento del proyecto, la identificación referenciada de los objetivos y las zonas de intervención a nivel local.
Juntos es mejor
Hola, ¡es un placer recibirle! Tanto si es su primera vez en nuestra comunidad como si, por el contrario, ya forma parte de ella, ¡esperamos que pueda encontrar todo lo que necesite!
Haremos todo lo posible para ayudarte y aconsejarte.
La Asociación Selene Soledad es una entidad de derecho privado, que carece de ánimo de lucro y tiene por objeto, la lucha contra la soledad, el acoso en todas sus manifestaciones entre ello el escolar, laboral o sexual, entre otros, la discriminación de todo tipo y forma en la cual se exponga. Asimismo, entra dentro de los objetivos de esta la lucha contra la violencia de género.
La presente asociación goza de personalidad jurídica propia para el cumplimiento de sus fines y se regirá por las normas contenidas en la Ley que regula el Derecho de Asociación de 22 de marzo, 1/ 2.002, por los presentes estatutos y por los acuerdos adoptados válidamente por sus órganos, con pleno respeto a los principios de representación y organización democrática.
La presente Asociación girará bajo el nombre de SELENE/SOLEDAD
No a la Soledad no deseada
Para combatirla, haremos talleres y ofreceremos con la implicación de los voluntarios un apoyo telefónico unas visitas y una ayuda por los que no pueden ir a comprar solos. La soledad no solo afecta a las personas mayores , no hay edad para este fenómeno y pondremos un numero de contacto solo para poder hablaros y escucharos. Organizaremos pequeñas reuniones, excursiones y meriendas, ofreciéndoles así oportunidades de encuentro y de mejora de su bienestar.
No al Acoso
Lucharemos contra el acoso, la discriminación y las violencias
- El acoso escolar en todas sus formas, las discriminaciones, el sexismo y la violencia en general, trabajando con charlas y talleres de autoestima y de defensa personal dado por nuestros profesionales en los institutos como en los centros.
- Prevención de la violencia, basada en la construcción de la igualdad y el respeto a los derechos humanos, dentro de la cual enseñaremos a rechazar el sexismo, la discriminación y el acoso.
- Las importantes similitudes que existen entre la violencia de género y el acoso escolar, las dos formas de violencia más frecuentes y cotidianas que existen en nuestra sociedad.
- Los programas de prevención de la violencia incluyen como componentes básicos la no-violencia.
No al bullying
Luchamos contra el acoso escolar el bullying y ciberbullying
Impartiremos charlas en institutos acompañadas de talleres de defensas personales. Sin embargo y si es debido, a veces, nos involucraremos en un proyecto más personal con fin de ayudarte, escucharte y orientarte.
No a la discriminación
Luchamos contra las discriminaciones
- La discriminación ataca el corazón mismo de lo que significa ser humano. Discriminar es dañar los derechos de alguien simplemente por ser quien es o por creer en lo que cree. La discriminación es nociva y perpetúa la desigualdad.
- Todos tenemos derecho a ser tratados por igual, con independencia de nuestra raza, etnia, nacionalidad, clase, casta, religión, creencias, sexo, género, lengua, orientación sexual, identidad de género, características sexuales, edad, estado de salud u otra condición.
- Y aun así, con demasiada frecuencia oímos historias desgarradoras de personas que sufren la crueldad sólo por pertenecer a un grupo "diferente" de quienes están en posiciones de privilegio o de poder.
- La discriminación tiene lugar cuando una persona no puede disfrutar de sus derechos humanos o de otros derechos legales en condiciones de igualdad.
No al mobbing
Lucharemos contra
El Acoso laboral y el Acoso sexual
En el Código Penal de España, el acoso laboral está tipificado dentro de los delitos de torturas y contra la integridad moral.
Se entiende por tal:
- El hostigamiento psicológico u hostil en el marco de cualquier actividad laboral o funcionarial, que humille al que lo sufre, imponiendo situaciones de grave ofensa a la dignidad.
La reforma también trata de dar respuesta penal a la aparición de conductas acosadoras de hostigamiento y abuso, en la mayoría de los casos con fines especuladores, para forzar que alguien se vaya de su casa, independientemente de que esta sea propia o arrendada.
- Se regula expresamente como una forma de coacciones.
- Penas de un año y nueve meses a tres años de prisión o multa de 18 a 24 meses.
Estamos a vuestra escucha, no deje que nadie te juzgue, cuenta con nosotros para ayudarte.
No al acoso sexual
EL ACOSO SEXUAL
- Art. 165.- El que realice conducta sexual indeseada por quien la recibe, que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual y que no constituya por sí sola un delito más grave, será sancionado con prisión de tres a cinco años.
- El acoso sexual realizado contra menor de quince años, será sancionado con la pena de cuatro a ocho años de prisión.
- Si el acoso sexual se realizare prevaliéndose de la superioridad originada por cualquier relación, se impondrá además una multa de cien a doscientos días multa.